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LLAMADO A INTEGRAR LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LAS LEYES OVINAS Y CAPRINAS

Se convoca a organizaciones de productores de ovinos y/o caprinos interesadas en integrar las Unidades Ejecutoras Provinciales a designar formalmente un representante titular y un suplente para integrar las UEPs. Las organizaciones deberán contar con personería jurídica o tener el aval del INTA o de la Secretaría de Agricultura Familiar. Cada una de las organizaciones tendrán que  detallar para cada representante: nombre completo, DNI, correo electrónico y teléfono.
A su vez cada organización deberá adjuntar un informe de la misma incluyendo número de productores que nuclea, ubicación geográfica y cantidad de cabezas ovinas y/o caprinas que poseen dichos productores. Asimismo, deberá presentar la documentación que acredita la calidad invocada de dicha organización según corresponda (acta constitutiva, autoridades vigentes, instrumento que otorga la personería jurídica, etc). En caso de tratarse de una organización de hecho, deben presentar una nota firmada por todos los integrantes, con certificación de firma ante juez de paz o policía local, donde se designe a los representantes y se describa el grupo en cuestión, debiendo contar con aval institucional de INTA, SAF o SENASA u otra institución con trabajo de terreno local.
Se recuerda que los integrantes de la UEP tienen una serie de funciones y obligaciones previstas en los manuales operativos y los reglamentos de funcionamiento, por tanto, los representantes designados deben firmar su consentimiento, responsabilizándose de cumplir tales funciones, ad honorem, según lo previsto en la normativa vigente (leyes 25.422 y 26.141 y sus respectivos manuales operativos).
Las designaciones por parte de las organizaciones, con la documentación respaldatoria, deberán ser remitidas a las Coordinaciones Provinciales de las Leyes Caprina y Ovina, sitas en Santiago del Estero 2.225, Block “C”, 4º Piso, Salta, hasta el día 15 de abril de 2.016.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, como autoridad de aplicación provincial de las Leyes 25.422 y 26.141, emitirá el instrumento legal de integración de las UEPs, siendo necesario para ello elevar para su consideración la nómina de organizaciones que propongan sus representantes conforme a lo expresado anteriormente.

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